Constitución Política del Mero Gobierno

El 25 de mayo de 1911, tras la toma de Ciudad Juárez, cae la dictadura. Esta victoria representa tan sólo el fin de una etapa de nuestro movimiento revolucionario, de ninguna manera el triunfo de la propia revolución, pues a partir de este momento, habrán de puntualizar los verdaderos objetivos de aquélla. Lo presente no es una revolución hoy 1 de Septiembre, 2024; es una iluminación de él verdadero objetivo de nuestra nación. Iluminación en el derecho ajeno y el nuestro, de ninguna manera busca reemplazar a México o la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos. En todo momento usaremos la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos como referencia asia nuestros derechos. 

Con el propósito de continuar la manda de Dios y nuestros derechos sigo con lo siguiente. 

"Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia." 

Con esto en mente me establezco como el Mero Gobierno siempre referido en cada constitución del Federalismo como "Gobierno" y sus respectivas traducciones. En ningún momento México le podrá obligar al Gobierno y está obligado a apoyar al Gobierno en todo al respecto de las necesidades del Gobierno. 

"Artículo 2o. La Nación Mexicana es única e indivisible. La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas." 

Todo Mexicano es un indígena porque nuestra nación está sustentada originalmente en sus pueblos indígenas. 

"La conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas." El que gobierna deberá tener conciencia sobre su identidad indígena. "Son comunidades integrantes de un pueblo indígena, aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres. El derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional." 

El Pueblo Mexicanos forma una unidad social, económica y cultural, asentado en todo el mundo y todos reconocen la constitución como autoridad para nuestros usos y costumbres. 

"El reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las constituciones y leyes de las entidades federativas, las que deberán tomar en cuenta, además de los principios generales establecidos en los párrafos anteriores de este artículo, criterios etnolingüísticos y de asentamiento físico." 

En este término legal asiento mi prórroga de continuar para que toda entidad federativa respete las decisiones y derechos del ser humano. 

"A. Esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenasa la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para: 

I. Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural. 

II. Aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos, sujetándose a los principios generales de esta Constitución, respetando las garantías individuales, los derechos humanos y, de manera relevante, la dignidad e integridad de las mujeres. La ley establecerá los casos y procedimientos de validación por los jueces o tribunales correspondientes. 

III. Elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad; así como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electos o designados, en un marco que respete el pacto federal, la soberanía de los Estados y la autonomía de la Ciudad de México. En ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos político-electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales. Fracción reformada DOF 22-05-2015, 29-01-2016 

IV. Preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad. V. Conservar y mejorar el hábitat y preservar la integridad de sus tierras en los términos establecidos en esta Constitución." 

Aquí están escritas mis Obligaciones y Responsabilidades que en toda ocasión estoy obligado a usar a todo Mexicano para continuar y entender con el verdadera objetivo de la nación Mexicana de evitar una extinción o Apocalipsis y mantener la paz y seguridad entre todo ser humano. 

Hector Abraham Ornelas Figueroa 

Gobierno